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Jornadas informativas sobre las acciones estatales y autonómicas de fomento de la I+D durante 2005

Es por este motivo que la DGPT propone organizar conjuntamente con las Consejerías de las Comunidades Autónomas (CCAA) competentes en materia de Investigación, Desarrollo e Innovación unas jornadas informativas acerca del contenido de las actuaciones de fomento de la I+D que van a lanzarse próximamente tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, con objeto de informar a los posibles agentes beneficiarios de las mismas y debatir los aspectos más novedosos de los nuevos instrumentos de política tecnológica.
Las fechas propuestas para la celebración de estos actos públicos convendría se enmarcaran en el periodo en que las convocatorias del MEC se encuentren aún abiertas. En este sentido se propone celebrar el evento lo antes posible, y convenientemente antes del 15 de mayo de 2005. Con objeto de evitar conflictos de agenda con otras jornadas similares que tendrán lugar en las diferentes CCAA se ruega anticipen al máximo la fecha de celebración. La DGPT queda a la espera de que su Comunidad Autónoma proponga la fecha preferida.
Se introducen a continuación los principales aspectos que la DGPT desea presentar en dichas jornadas.
1. ACCIONES ESTATALES DE FOMENTO DE LA I+D COMPETENCIA DE LA DGPT
En lo que respecta a las ayudas estatales a la I+D competencia de la DGPT, se enumeran a continuación las principales convocatorias previstas próximamente. Su calendario de publicación viene marcado por el de las respectivas órdenes que establecen las bases reguladoras de las mismas, algunas de las cuales abarcan el contenido de varias convocatorias mientras que otras cubren únicamente una tipología de las descritas a continuación:
1. CONVOCATORIA DE PROYECTOS CIENTÍFICO–TECNOLÓGICOS SINGULARES Y DE CARÁCTER ESTRATÉGICO: El objetivo de estas convocatorias es promover la proliferación de grandes proyectos empresariales de características singulares desde el punto de vista científico-tecnológico, preferentemente en cooperación con organismos públicos de investigación, universidades y centros tecnológicos. Contribuirán a la elevación de la capacidad tecnológica de las empresas y llevarán implícito un alto riesgo empresarial. Los participantes se espera sean empresas generadoras de grandes proyectos de I+D, organismos públicos de investigación, universidades y centros tecnológicos, empresas extranjeras cooperantes.
2. CONVOCATORIA DE CREACIÓN E IMPULSO DE REDES CIENTÍFICO TECNOLÓGICAS: El objetivo de estas convocatorias será la creación de redes de cooperación tecnológica, a modo de programas paraguas, en las que incardinar acciones de empresas, universidades, organismos de investigación y centros tecnológicos en torno a una tecnología o un conjunto de tecnologías con amplios mercados futuros. Puede también conectar con la estrategia de lanzamiento de plataformas de la UE. Estas convocatorias están orientadas a ayudar a la gestión de las redes mencionadas, impulsando su creación y facilitando sus actuaciones y mantenimiento. Los participantes pueden ser Empresas, organismos de investigación, centros tecnológicos, universidades, etc...
3. CONVOCATORIAS DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN TÉCNICA Y DESARROLLO TECNOLÓGICO: Estas convocatorias corresponden a las que venían realizándose años anteriores para impulsar la investigación técnica y el desarrollo tecnológico desde todos los elementos de la cadena ciencia-tecnología-empresa sin excepciones (incluyendo a Universidades y OPIs) en proyectos individuales o en cooperación, anuales o plurianuales. Sus objetivos son contribuir a un mayor y más armónico desarrollo del sistema ciencia-tecnología-empresa, a la competitividad tecnológica y al cumplimiento de Plan Nacional de I+D+i. Podrán participar todos los elementos de la cadena científico tecnológica, como Empresas o agrupaciones de empresas, Centros públicos y privados de I+D sin ánimo de lucro, Centros tecnológicos, Organismos públicos de investigación, Universidades, Instalaciones Científicas.
4. CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA MEJORA Y EL ACCESO DE GRANDES Y MEDIANAS INSTALACIONES CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS: Persiguen contribuir al desarrollo y mejora de instalaciones científicas y tecnológicas de excelencia para el país, involucrando al mismo tiempo al mayor número de centros que puedan actuar como colaboradores y usuarios de los procesos y tecnologías que se desarrollen. Los participantes serán eminentemente entidades jurídicas que gestionan Grandes Instalaciones Científicas según anexo IX de la Ley 61/2003, de 30 de diciembre.
5. CONVOCATORIA DE PARQUES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS: Los objetivos de esta convocatoria se centran en contribuir al desarrollo de espacios de excelencia científica y tecnológica en los que se ubiquen empresas, organismos de investigación, centros tecnológicos y universidades, bajo el reconocimiento de que se trata de infraestructuras necesarias para el desarrollo científico y tecnológico del país. Los participantes en estas acciones serán entidades promotoras tanto públicas como privadas que presenten proyectos para equipamiento e infraestructuras tecnológicas. Indirectamente serán beneficiarios empresas, centros públicos y privados de I+D, centros tecnológicos, organismos públicos de investigación, universidades e instalaciones científicas.
6. ACCIONES COMPLEMENTARIAS: acciones de apoyo a la cooperación tecnológica internacional; acciones de promoción, difusión y explotación de resultados de I+D (incluidas en las convocatorias 1, 2 y 3).
En la actualidad se ha publicado ya la ORDEN PRE/690/2005, de 18 de marzo que regula las convocatorias y acciones 1, 2, 3 anteriores, siendo inminente la publicación de las mismas en el BOE. Se resume a continuación el contenido de la orden publicada, remitiéndose al texto legal para mayor detalle y para cualquier consulta o aclaración al respecto de la misma.
Las convocatorias 4 y 5 serán reguladas por órdenes específicas que se publicarán con anterioridad o simultáneamente a aquéllas en las próximas semanas.
2. RESUMEN ORDEN PRE/690/2005
Esta orden se enmarca en el actual esquema organizativo de apoyo a la I + D + I, constituido de acuerdo con la reestructuración ministerial por la que se suprime el Ministerio de Ciencia y Tecnología, y se crean, entre otros, los Ministerios de Educación y Ciencia y de Industria, Turismo y Comercio. De acuerdo con el Real Decreto 1553/2004 se atribuye al Ministerio de Educación y Ciencia, entre otras, la política científica y tecnológica así como el desarrollo de actuaciones que articulen la conexión entre los centros generadores de conocimiento y el sistema productivo.
Con fecha 19 de marzo de 2005 se ha publicado la ORDEN PRE/690/2005, de 18 de marzo, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2004-2007) en la parte dedicada al fomento de la investigación técnica. Dicha orden, a propuesta conjunta de los dos Ministerios con competencias en la materia, pretende garantizar la coordinación, la coherencia y la unidad de criterio en las acciones de apoyo a proyectos de investigación técnica desde la Administración para las áreas temáticas consideradas, determinando las convocatorias y los tipos de proyectos que serán atendidos por cada Departamento ministerial.
Según recoge el texto de la orden, “el objetivo último de este programa de ayudas es el incremento de la competitividad de las empresas a través de la mejora de su nivel tecnológico. Bajo este propósito general, se valorarán especialmente los proyectos en colaboración con los Centros Tecnológicos y de Innovación y con otras entidades de interfaz del sistema nacional de innovación, así como los proyectos que participen en programas de investigación auspiciados por la Unión Europea u otras iniciativas internacionales de cooperación tecnológica. Finalmente, se contemplan mejores condiciones de apoyo para actuaciones realizadas por pequeñas y medianas empresas o localizadas en regiones desfavorecidas.”
El ámbito material de las convocatorias, de inminente publicación, competencia de la DGPT y sujetas a la orden de bases mencionada se circunscribe, según dicha orden, a las actividades de investigación técnica contempladas en el Plan Nacional de I + D + I, así como los correspondientes instrumentos de apoyo cuya gestión se ha asignado al Ministerio de Educación y Ciencia. Las convocatorias de ayudas se referirán a los temas enunciados en los puntos 2 y 3 de la orden, esto es:
La parte relativa a Áreas temáticas y Acciones Estratégicas Transversales que conforman el ámbito material de la orden y que será objeto de resolución de convocatoria está constituida por los Programas, Subprogramas, Prioridades temáticas multidisciplinares y Acciones Estratégicas detallados en la misma, y que pertenecen a las siguientes áreas:
- Área de Ciencias de la Vida
- Área de Ciencias y Tecnologías Agroalimentarias y Medioambientales
- Área de Energía
- Área de Química, Materiales y Diseño y Producción Industrial
- Área de Transporte y Construcción
- Área de Seguridad y Defensa
- Área de Humanidades, Ciencias Sociales y Económicas
- Acciones Estratégicas Transversales: Acción estratégica de tecnologías turísticas, Acción estratégica de nanociencia y nanotecnología.
La parte relativa a programas horizontales del Plan Nacional de I + D + I está constituida por:
- Equipamiento e infraestructuras: apoyo a los Centros Tecnológicos, y Parques Científicos y Tecnológicos, que serán objeto de órdenes de convocatoria específicas.
- Cooperación Internacional: que no se efectuará por convocatoria específica sino que se fomentará a través de las acciones complementarias.
El órgano competente para convocar las ayudas que nos ocupan relativas a todas las áreas temáticas, áreas horizontales y acciones estratégicas transversales es la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia. El órgano competentes para instruir es la Dirección General de Política Tecnológica del Ministerio de Educación y Ciencia. El órgano competente para resolver será la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia, u órgano directivo en quien delegue.
En cuanto al procedimiento de gestión de las ayudas, la orden establece en su Capítulo II, Apartado Decimocuarto lo siguiente:
“...
2. Se presentarán al Ministerio de Educación y Ciencia, los proyectos relativos a las áreas temáticas de las secciones 1.ª a 9.ª, 14.ª a 16.ª, 18.ªy 19.ª indicadas en la apartado 2.º de esta orden (nota: ver las áreas indicadas anteriormente). Dichos proyectos deberán ser proyectos de investigación industrial, estudios de viabilidad técnica o proyectos de desarrollo tecnológico y pueden ser presentados de forma individual o en cooperación por cualquier tipo de beneficiarios exceptuando los siguientes tipos de proyectos:
- Proyectos individuales presentados por Empresas, Centros Tecnológicos o Centros privados de I + D.
- Proyectos en cooperación si los cooperantes son solo Empresas, Centros Tecnológicos o Centros privados de I + D no Universitarios, es decir si en la cooperación no participa un Organismo Público de Investigación o Centro público de I + D.
- Proyectos en los que la subcontratación con Organismos Públicos de Investigación o Centros públicos de I + D sea inferior al 15 por ciento.
...
4. Podrán optar a presentarse a cualquiera de los dos Ministerios los proyectos consistentes en acciones complementarias, acciones complementarias de cooperación internacional y los Proyectos de Investigación del Programa Nacional de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas, letras d) e) y f) del apartado cuarto de la presente orden, en función de la temática del proyecto.
...”
En lo que respecta a los proyectos y actuaciones susceptibles de ser objeto de las ayudas, deberán responder a los siguientes tipos:
a) Proyectos de investigación industrial
b) Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo
c) Proyectos de desarrollo tecnológico
d) Acciones complementarias
e) Acciones complementarias de cooperación internacional:
f) Proyectos de investigación del Programa Nacional de Ciencias Sociales Económicas y Jurídicas (fuera del ámbito de competencia de la DGPT)
Dentro de los proyectos y actuaciones mencionados, se otorgará especial atención a los que reúnan las siguientes características:
a) Proyectos científico-tecnológicos singulares y de carácter estratégico: conjunto de actividades de I + D + I interrelacionadas que potencien la integración de agentes científicos tecnológicos e impulsen la transferencia de tecnología, que contribuyan a la elevación de la capacidad tecnológica de las empresas y que conlleven un alto riesgo empresarial.
b) Proyectos tractores: que promuevan la integración de actividades pertenecientes a la misma cadena de valor y que sean realizadas por distintos tipos de agentes.
c) Proyectos de I + D de grandes y medianas instalaciones científicas y tecnológicas: acciones que contribuyan al desarrollo de instalaciones científicas y tecnológicas de excelencia, nuevas instalaciones de investigación y desarrollo y complementación de las ya existentes.
d) Proyectos y actuaciones de cooperación internacional: Programas de EUREKA, IBEROEKA en todas sus fases y Programa Marco de la Unión Europea en fase de definición.
Los beneficiarios de las ayudas pueden ser:
a) Empresas
b) Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro
c) Centros Tecnológicos:
d) Organismos Públicos de Investigación y Universidades
e) Otras Entidades de Derecho Público
f) Agrupación o asociación,
Todos los proyectos y actuaciones definidos podrán realizarse conforme a una de las siguientes modalidades:
a) Proyecto o actuación tecnológica individual
b) Proyecto o actuación tecnológica en cooperación
Las ayudas a la financiación de proyectos y actuaciones podrán concederse con arreglo a las siguientes modalidades:
a) Subvenciones.
b) Préstamos.
Podrán concederse las distintas modalidades de ayuda en función del tipo de proyecto y del beneficiario de las mismas, según lo descrito en la orden de bases.
Ministerio Educación y Ciencia