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Las empresas que compren una parcela en un parque empresarial gallego están obligadas a construir antes de tres años. Es una de las medidas con las que se pretende evitar la especulación en torno al suelo industrial

La Consellería de Vivenda impondrá penalizaciones a quienes hayan comprado suelo empresarial y demoren la construcción de empresas, para evitar que se llegue a especular con este tipo de terrenos. La conselleira, Teresa Táboas, indicó que su departamento revertirá las parcelas de suelo que no se construyan en el plazo máximo de tres años, una vez obtenida la licencia de obra por parte del Ayuntamiento. En este caso, la empresa perderá la parcela, que volverá a manos de la Conellería previo pago del precio original de venta, con una penalización del 20%.

Esta es una de las medidas que incluirán a partir de ahora los contratos de compraventa que pondrá en marcha este departamento de la Xunta en todos los nuevos parques empresariales. Los nuevos pliegos establecen otros dos supuestos que son motivo de causa de resolución del contrato y que implicaría la reversión de la parcela, también con una penalización del 20% del precio original. Estos supuestos son no solicitar la licencia de obra al Ayuntamiento en un plazo máximo de doce meses, que deberá ser remitida a la Consellería en quince días, así como copia de la posterior concesión o denegación de licencia, y no dedicar la parcela adquirida a la finalidad empresarial que motivó la adjudicación. Estos supuestos que son motivo de resolución quedarán inscritos como cláusulas de reversión de la parcela en el Registro de la Propiedad.

En total, las empresas tendrán un máximo de cuatro años, una vez asignado el contrato de compraventa, para que la parcela o parcelas solicitadas alberguen la correspondiente nave y el proceso productivo, doce meses para solicitar la licencia y 36 para la construcción material. La Consellería de Vivenda también se reserva el derecho de tanteo y retracto durante diez años, en los que tendrá derecho de compra preferente al precio inicial de la parcela. Este derecho quedará derogado una vez que la empresa presente la licencia de actividad definitiva y, en cualquier caso, el comprador original deberá solicitar autorización previa a la Consellería y garantizar que el nuevo adquiriente asume las condiciones del contrato inicial. En caso contrario, la Xunta aplicará una penalización del cincuenta% sobre el precio original de venta.

La conselleira Táboas justificó estas medidas amparándose en la necesidad de evitar cualquier tipo de especulación con el suelo productivo adquirido y urbanizado con recursos públicos.

R.